Bahía Blanca | Miércoles, 24 de abril

Bahía Blanca | Miércoles, 24 de abril

Bahía Blanca | Miércoles, 24 de abril

Una usurpación casi de novela que habría llegado a su capítulo final

Para la justicia, Miguel Héctor Jara engañó a su madre adoptiva, la internó en un geriátrico y se quedó con la casa que la mujer ocupó más de 70 años.

La casa de la polémica está en el barrio San Cayetano. Rodrigo García-La Nueva.

   Ambición, codicia y traición. Parece una novela pero fue real la historia que rodeó a una usurpación en el barrio San Cayetano. Y que podría tener final feliz, o al menos no tan traumático.

   Así parece después del reciente fallo dictado por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, que confirma una medida de primera instancia para que un hombre le devuelva la casa a su madre adoptiva, Luisa Huilipán, a la que habría sacado mediante engaños para ocupar el inmueble con su familia.

   Miguel Héctor Jara tendrá que restituir la propiedad ubicada en la calle Espeche, según definieron los jueces Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou, de la Sala I.

   De esa forma se confirmó la resolución de la jueza de Garantías Marisa Promé y se rechazó la apelación de la defensa de Jara, único hijo de Huilipán.

   Para el abogado Pablo Soteri, asesor del acusado, no existe un informe actualizado para confirmar el titular registral de la vivienda, hubo una errónea valoración de la prueba testimonial y negó el despojo por engaño o abuso de confianza.

   La Cámara Penal desestimó los planteos de la defensa.

   Dijo que si bien no existe un informe registral de dominio, "la posesión pacífica y contínua que la señora L.C.H. ejercía sobre el mismo previo a su internación en un hogar de ancianos (llevada adelante por el sujeto denunciado de usurpación), encuentra sustento especialmente, en las declaraciones testimoniales que a su vez respaldan el contenido de la denuncia". 

   Huilipán había denunciado que después de vivir más de 70 años en la casa que hoy está bajo discusión, su hijo del corazón la engañó. Le dijo que iban a ir a una consulta médica de rutina, cuando, en realidad, la trasladó a una institución geriátrica de la calle Santa Fe al 700, donde la internó y la dejó sin sus pertenencias.

   Acto seguido, Jara, su mujer y sus hijos se mudaron a la vivienda, siempre según la presentación.

El apoyo vecinal

   Los testimonios de una vecina; de la hija de una amiga de la denunciante, que fue moradora del barrio por 50 años; de la hija de un sobrino de Huilipán y de otras dos personas que conocían a la víctima reforzaron el cuadro probatorio.

   La vivienda de la calle Espeche fue construida por la mujer y su esposo ya fallecido y en ese lugar ella vivió por más de 70 años de manera ininterrumpida, hasta que se produjo el incidente.

   Todos los testigos -según la Cámara- declararon en forma coincidente sobre cómo el hijo de crianza trasladó a la mujer a un hogar de ancianos, contra su voluntad.

   Surge especialmente del testimonio de la vecina a la que la Cámara identificó como G. Dijo que Jara "se mudó en forma inmediata".

   Un mañana llegó y subió a la madre a su vehículo, para luego retirarse. Por la tarde volvió solo, con sus pertenencias y finalmente se instaló con su mujer y sus dos hijos menores. "Vi cuando Jara ingresaba los colchones por el garaje", declaró.

   Esa afirmación también figura en el expediente que, en forma paralela, se tramita en el fuero Civil y Comercial.
Tanto G. como otros vecinos confirmaron que para la fecha Jara no vivía en su casa materna, sino que se había ido "cuando se casó", luego de cumplir los 18 años.

   Para los jueces Barbieri y Soumoulou, el denunciado no aportó ningún elemento que desacredite la prueba reunida, ni durante la indagatoria ni con la documentación que aportó, tanto en el expediente penal como en el civil.

   El departamento Recaudación de la Municipalidad de Bahía Blanca confirmó que Huilipán era responsable del pago de la tasa, dato coincidente con el señalado en el ítem "aspecto económico" del Informe Urbano, emitido por el mismo organismo.

Violencia registrada a través de un teléfono celular 

   Antes de que fuera “sacada” de su casa, Luisa sufrió un hecho de violencia protagonizado por su nuera, quien ya la había amenazado.

   La esposa de Jara, según la denuncia, la empujó y la hizo caer, hecho que le provocó un hematoma en una pierna.

   Ese relato quedó registrado a través de un video que grabó con su celular, la hija de uno de sus sobrinos.

   Esa grabación, a su vez, sirvió para que los camaristas advirtieran que Luisa, más allá de su avanzada edad, no presenta rasgos de una enfermedad mental que justificara habérsela llevado engañada a ver un médico, como para sacarla de su casa.

   El delito de usurpación (artículo 181 del Código Penal) prevé penas de 6 meses de prisión a 3 años de prisión.

“Cualquier buen hijo...”

   La documentación aportada por Jara (resumen de la tarjeta de crédito, patente de automotor) no logra atenuar la prueba reunida en su contra, porque es solo demostrativa de que ese fue el domicilio que él declaró para recibir la documentación personal, pero en esta causa carece de entidad para demostrar la posesión, según la Cámara.

   “Las facturas y recibos por entrega de materiales de construcción, acompañadas por la defensa, podrían serdemostrativo de las mejoras que cualquier buen hijo realizaría en la casa de su madre, pero no acredita la posesión del inmueble”, agregó. 

   Los jueces aconsejaron un examen médico, psicológico y psiquiátrico a la mujer debido a su “situación de vulnerabilidad” y por los graves hechos denunciados. Le dieron intervención a la Asesoría de Incapaces.