Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

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Policías bonaerenses tendrán que presentar la declaración jurada

El gobierno bonaerense publicó hoy el decreto que obliga a publicar el patrimonio.
Fotos: NA

   El gobierno bonaerense publicó hoy en el Boletín Oficial de la provincia el decreto que obliga a funcionarios del Poder Ejecutivo, policías e integrantes del servicio penitenciario, entre otros, a presentar su declaración jurada patrimonial.

   La medida, que había sido anticipado por la gobernadora María Eugenia Vidal durante su discurso de apertura de la asamblea legislativa, fue justificada en la necesidad de "transparentar el accionar de las personas que ejercen una función pública como fuente de autoridad y ejemplaridad social".

   Los funcionarios obligados a presentar la declaración de bienes son la gobernadora, el vicegobernador, los ministros, secretarios y jefes de organismos autárquicos y descentralizados; como así también subsecretarios y todo otro funcionario con jerarquía equivalente.

   También incluye a los directores provinciales, directores, personal de gabinete y secretario privado, escribano general de Gobierno, asesor general de Gobierno, contador General de la provincia y Subcontador, y el tesorero General y el Subtesorero bonaerense.

   Además, deberán hacerlo el Fiscal de Estado, fiscales de Estado adjuntos, miembros del Consejo de la Magistratura representantes del Poder Ejecutivo, personal superior de la administración centralizada y descentralizada, inclusive de las empresas del Estado.

   Asimismo el personal de la policía y del servicio penitenciario, con categoría igual o superior a la de Subcomisario o equivalente, o personal de categoría inferior a cargo de una Comisaría, o personal que intervenga en el manejo de fondos públicos o administre patrimonio público, entre otros.

   Para el caso de las empresas, sociedades y otros entes del Estado, estarán alcanzados por la medida los presidentes, miembros del directorio, gerentes y subgerentes, directores y subdirectores, contadores y tesoreros, entre otros.

   El artículo 4 del decreto 116, firmado por Vidal, dispone que los funcionarios comprendidos "deberán presentar una Declaración Jurada Patrimonial dentro de los 30 días hábiles de notificado el acto administrativo de su designación y de su cese en el cargo, respectivamente".

   Y, establece que para esos casos "la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial deberá ser actualizada con carácter anual al 31 de diciembre de cada año anterior".

   El resto de los artículos versan sobre el contenido de la Declaración Jurada Patrimonial Integral y la obligatoriedad de realizar una Declaración Jurada Patrimonial Sintética, las que según la norma "serán públicas y su contenido podrá ser consultado por cualquier persona". (DyN)