De Capitanía de Puertos a Prefectura
Con la batalla de Pavón comenzó una etapa nueva en la reorganización nacional, conducida por el general Bartolomé Mitre; primero como Gobernador de Buenos Aires, encargado del Poder Ejecutivo Nacional, y desde el 12 de octubre de 1862, como Presidente de la República, abarcando un espectro político que comprendía a todas las provincias argentinas.
La Capitanía de Puerto también alcanzó una estructura similar a través de distintas medidas de gobierno, como el decreto del 24 de mayo de 1862 que establecía el "Reglamento para la Policía Fluvial de la República", aprobando y extendiendo su aplicación a todo el ámbito nacional, dictado por el Estado de Buenos Aires el 2 de diciembre de 1858, en virtud del desarrollo de la marina de cabotaje, el incremento de la navegación a vapor y la libre navegación de los ríos, y que fijaba normas sobre luces, navegación y practicaje, tendientes a minimizar los frecuentes acaecimientos entre buques de vapor y de vela.
A su vez, por decreto del 10 de noviembre de 1862, que lleva la firma de Mitre y de su ministro de Guerra y Marina, el general D. Juan Andrés Gelly y Obes, se aprobó el "Reglamento de Policía Marítima en los Puertos y Ríos de la Nación Argentina".
Asimismo, por decreto del 14 de enero de 1863, se estableció que "Las Capitanías de Puerto de todo el litoral de la República, se dirigirán en todos los ramos del servicio a la Capitanía del Puerto de la Capital y cumplirán y harán cumplir las disposiciones que en asuntos del servicio les comunicase la misma".
De esta manera, la institución obtuvo una organización de orden nacional similar a la actual, haciendo sentir la acción del Gobierno Nacional en su jurisdicción, prestando garantías a la propiedad, comercio y navegación, con una administración uniformada, garantizándose con instrucciones análogas el territorio y derechos fiscales en destinos alejados, especialmente en los fronterizos.
Reglamento para las
Capitanías de Puerto
Este reglamento, que fue aprobado por decreto del 10 de noviembre de 1862, no sólo se dictó para proveer de Capitanías y Subdelegaciones a los puertos del interior que aún carecían de ellas, sino también de embarcaciones menores y tripulaciones para el servicio policial, determinando, al mismo tiempo, las funciones, deberes y facultades de los Capitanes de Puerto.
Efectivamente, en 41 artículos que siguen la línea de todos los ordenamientos legales anteriores, establecía en su Capítulo I las características y número de las Dependencias que deben contar las provincias según sus puertos, como asimismo su personal, utensilios y raciones.
En el Capítulo II se determinaban las funciones eminentemente policiales del Capitán de Puerto sobre la conservación y buen estado del puerto y canales de su jurisdicción, las disposiciones legales y reglamentarias a que debería ajustarse, control de entrada y salida de buques y pasajeros, conocimiento de todos los naufragios y auxilios a brindar en salvaguarda de la vida humana, intimación a los propietarios a reflotar o remover los buques hundidos, cumplimiento de todo mandato judicial para la detención o embargo de buques, instrucción de sumarios por los delitos cometidos a bordo, control del correcto ejercicio del practicaje, etc.
El Capítulo III contiene normas sobre el despacho de buques. El Capítulo IV establece disposiciones generales sobre construcción, matriculación, identificación, compraventa, tirada a seco y botadura de buques; requisitos y métodos de arqueo.
Primer reglamento interno
Con fecha 8 de marzo de 1881, el presidente Julio A. Roca aprobó el primer "Reglamento y Régimen Interno para la Capitanía General de Puertos", cuyo proyecto fue elaborado por el entonces capitán general de puertos D. Carlos Alberto Mansilla, volcando en él toda la experiencia adquirida en el largo período en que estuvo al frente de la Institución (1880-1895).
Dicha norma establecía que el Capitán General de Puertos era el jefe superior de la Capitanía Central y Dependencias subordinadas en las provincias, fijando, asimismo, las atribuciones y responsabilidades desde el máximo nivel de conducción hasta las del marinero. Constaba de 20 títulos y 251 artículos.
Aparece la "Prefectura"
Como se ha visto, desde su establecimiento en Buenos Aires en 1756, la institución llevó el nombre de Capitanía de Puerto, el que se mantuvo con algunas variantes hasta 1877 en que se adoptó el de Capitanía General de Puertos.
El 31 de enero de 1882, con la firma del presidente de la República, general D. Julio A. Roca y del ministro de Guerra y Marina, general D. Benjamín Victorica, se dictó el decreto por el que se procedía a cambiar el nombre a la institución.
Efectivamente, su artículo 2º dice: "En lo sucesivo esta repartición se denominará Prefectura Marítima, y las Capitanías y Subdelegaciones, Subprefecturas del Puerto de...".
El distintivo oficial (HAY FOTO)
Entre los símbolos que identifican a la institución, si bien han sido muchas las variaciones experimentadas, particularmente en cuanto a sus uniformes --comenzando por el histórico de los tripulantes de falúa de 1830--, se puede observar que ha persistido en el tiempo el uso del que hoy es su distintivo: las dos anclas cruzadas.
Ya en 1834 se utilizó en los membretes de los papeles de la Capitanía de Puertos de Buenos Aires un logotipo en cuya composición se aprecian las anclas cruzadas.
(HAY FOTO DEL GALLARDETE)
El primer gallardete distintivo de la institución, del que se tiene antecedentes, fue incluido al aprobarse las modificaciones al Código de Señales, mediante decreto del 1º de agosto de 1903, y consistía en una bandera azul con las letras iniciales "PM" de color blanco en el centro.
En 1924, cuando se aprobó la edición anual del Código mencionado, el distintivo fue modificado por el que se usa actualmente; es decir, una bandera blanca orlada con una faja en color azul, incorporándosele las dos anclas cruzadas en el centro, en el mismo color.
En 1944 se establecieron los distintivos de mando de las máximas autoridades de la institución, que consistían en la bandera anteriormente descripta con tres estrellas rojas de cinco puntas para el Prefecto General Marítimo, dos para el Subprefecto General Marítimo y una para los Subprefectos de Zona.
En la actualidad, la insignia del Prefecto Nacional Naval tiene cuatro estrellas rojas de cinco puntas, y la del Subprefecto Nacional Naval, tres.
Consolidación jurídica (HAY FOTO DE MANUEL MANTILLA)
Alcanzada la unidad nacional, luego de la batalla de Pavón, el 17 de septiembre de 1861 y no obstante haberse constituido el Congreso Nacional el 25 de Mayo de 1862 con los representantes de todas las provincias, los distintos presidentes (comenzando por el general Bartolomé Mitre) vieron resentida la labor orgánica debido, entre otras causas, a la guerra con el Paraguay, las revoluciones internas, las campañas al desierto, etc., las que afectaron también al desarrollo global del país, situación que comenzó a revertirse notablemente a partir de la década del 80.
Existía en el país un verdadero caos legislativo, aplicándose en la mayoría de las provincias las viejas leyes españolas y algunas sancionadas dentro del llamado "Derecho Precodificado" que comprendía las disposiciones y reglamentos de los primeros gobiernos patrios hasta la Constitución de 1853.
La Prefectura carecía de un ordenamiento jurídico que emergiera de aquel flamante ámbito legislativo de la República y, por consiguiente, de la posibilidad de verse así incorporada normativamente a la nueva organización del país.
Es así que para cubrir esa necesidad jurídica, y al mismo tiempo dar satisfacción a las exigencias funcionales emergentes de la progresiva acción de los sucesivos gobiernos argentinos en expandir el comercio marítimo, la inmigración, la navegación de nuestros ríos y mares, el mejoramiento de la capacidad portuaria argentina, la construcción naval, etc., el diputado por Corrientes, doctor Manuel Florencio Mantilla, presentó en el Congreso Nacional en agosto de 1896, un proyecto de ley cuyo objetivo, decía, era el de aclarar legalmente la condición incierta de una importante rama del poder público que con el nombre de Prefectura, había reemplazado a las antiguas Capitanías de Puerto tomadas de las ordenanzas españolas, a fin de establecer legalmente sus atribuciones y jurisdicción, y obtener así un mejor servicio para la Nación.
Introducidas algunas modificaciones, se convirtió en ley 3.445 al ser promulgada el 29 de octubre de dicho año con la firma del presidente de la República, Dr. José Evaristo Uriburu, y de su ministro de Guerra y Marina, Ingeniero Guillermo Villanueva.
Efectivamente, su artículo 1º establecía que "La policía de los mares, ríos, canales y puertos sometidos a la jurisdicción nacional estará a cargo exclusivo de la Prefectura General de Puertos...".
Además del marco histórico y orgánico en el que se encontraba el país al momento de sancionarse, la ley constituye un verdadero hito en la consolidación jurídica y en la reafirmación de la identidad de la Prefectura, ya que su articulado y el tratamiento parlamentario correspondientes se encargan de unificar, sin lugar a dudas, el nuevo ordenamiento jurídico de la Nación con todos los eslabones del basamento legal o reglamentario que en cada época merecieron la aprobación de las máximas autoridades del Estado y en cuya órbita actuó la institución, como asimismo, evidencian la monolítica continuidad y semejanza del amplio espectro funcional policial desarrollado desde sus remotos orígenes hispánicos.
La ley 3.445, que tuvo una vigencia de 73 años, fue reemplazada por la Ley General de la Prefectura Naval Argentina 18.398, promulgada el 10 de octubre de 1969 y vigente a la fecha.
En 99 artículos establece la naturaleza de la institución como fuerza de seguridad, su misión de policía de seguridad y jurisdicción administrativa de la navegación, de policía de seguridad y judicial y de asegurar el orden público; su dependencia, ámbito de actuación con carácter exclusivo y excluyente, y el detallado marco funcional que históricamente fue cumplido por la Prefectura.
Se agregan otras, derivadas del nuevo campo tecnológico en que debe desenvolverse la institución y la actividad navegatoria, como la de atender y dirigir el servicio de radio comunicaciones para la seguridad de la navegación y salvaguarda de la vida humana en el mar, el servicio de radiodifusión y aviso a los navegantes, el avance de los peligros que atentan contra la preservación del equilibrio ecológico y los recursos del mar, hicieron percibir la necesidad de entender también en cuanto a las normas que eviten la contaminación de las aguas e intervenir en todo lo relativo a caza y pesca marítima y contribuir al cumplimiento de las leyes que rijan la materia.
Asimismo, debido a la complejidad y extensión de la función policial, la ley faculta a la Prefectura a convenir y cooperar con otras policías del país y del extranjero, como asimismo a coordinar con Prefecturas o cuerpos de guardacostas de otros países las medidas tendientes a la seguridad de la navegación.
Establece también, a diferencia de su antecesora, disposiciones sobre dependencia y organización de la Institución, régimen del personal en actividad y retiro, personal civil, y otras que han merecido reglamentación, actualización o modificaciones posteriores.
Los prefectos
La Prefectura tuvo también diferentes modalidades en cuanto a la forma de la designación o condición profesional de los hombres que la condujeron.
Es así que, en la época hispánica, la jefatura de la Institución estuvo a cargo de oficiales de la Armada y del Ejército españoles, como también de civiles; luego de 1810, continuaron los criollos, siendo jefes y oficiales del Ejército los que lo hicieron hasta 1821, comenzando por el entonces teniente coronel D. Martín Jacobo Thompson; después siguieron alternadamente jefes de la Armada y del Ejército, y también civiles como D. Manuel Lynch (1853), el doctor Diego Gregorio de la Fuente (1874-1880), D. Carlos Alberto Mansilla (1880-1895), D. Marcos Paz (1895-1896) y Dn. Luis García (1896-1904).
Posteriormente, se sucedieron oficiales superiores de la Armada (con excepción del período 1951-1955 que fue ejercido por el prefecto inspector general, equivalente al grado de prefecto general).
Hasta 1984 en que son designados oficiales superiores de la Prefectura en la máxima jerarquía y en actividad, para los cargos de Prefecto y Subprefecto Nacional Naval, acorde a lo establecido en el artículo 2º del decreto 3.399/84, desempeñándose como titular de la institución el prefecto general Juan Eduardo Mosqueda, (1983-1989); el prefecto general Víctor Wáshington Zibell (1989-1992); el prefecto general Jorge Humberto Maggi (1992-2000); el prefecto general Juan José Beltritti (2000-2003); el prefecto general Carlos Edgardo Fernández (2003-2007); el prefecto general Ricardo Rodríguez (2007 --a cargo--); y el prefecto general Oscar Adolfo Arce (desde 2007).
Dependencias (HAY FOTO DE SUBPREFECTURA USUHAIA)
--Prefectura Mar del Plata. Debido al incremento del movimiento de buques entrados y salidos por el Puerto de la Laguna de los Padres, originado en la mayor actividad del saladero ubicado en el lugar, el juez de paz de Mar Chiquita solicitó al gobierno el establecimiento de un Resguardo a fin de facilitar el comercio de esa parte de la campaña, creando, el General Bartolomé Mitre, por decreto del 27 de febrero de 1862 el Resguardo del Puerto de Laguna de los Padres, siendo su primer titular D. Manuel Lascano, constituyéndose en el primer funcionario que ejerció la autoridad marítima, antecedente más remoto de la actual Prefectura Mar del Plata.
--Prefectura Ramallo. El pueblo y puerto de "Las Hermanas", actual Ramallo, se fueron consolidando a partir de la creación del Partido homónimo, en 1864, designando el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a D. Manuel José Guerrico (h) como juez de paz en dicho distrito mediante decreto del 23 de mayo de 1865.
--Prefectura Rawson. Las bases del pueblo y puerto de Rawson se fueron conformando a partir de la llegada de colonos galeses en 1865, rigiéndose inicialmente por un representante comunal de esa nacionalidad hasta que, por decreto del 10 de diciembre 1875, el Poder Ejecutivo Nacional designó a D. Antonio Oneto como comisario nacional en la Colonia "Chubut", quien además de la misión específica de inmigración, ejerció importantes servicios como policía de seguridad de la navegación y de los puertos.
--Prefectura Paso de la Patria. El pueblo de Paso de la Patria se fue conformando a mediados del siglo XIX alrededor del paso utilizado para el tráfico comercial, con un paulatino incremento de la actividad navegatoria y comercial, habiendo inicialmente ejercido las funciones de autoridad marítima la Receptoría de Rentas Nacionales en ese puerto por no haberse instalado aún dependencias de la Prefectura.
--Prefectura Formosa. Dirimida la cuestión de límites con el Paraguay en 1878, la gobernación del Chaco debió trasladar su capital en Villa Occidental hacia el sur. El mayor Jorge Luis Fontana, que había arribado a lo que sería la Villa Formosa el 31 de marzo de 1879, asignó los cargos del servicio oficial entre quienes lo acompañaban, correspondiéndole al mayor Eriberto Sandoval el de Comandante Militar y Capitán del Puerto, quien junto con el teniente Ruy Días y seis marineros de la Capitanía constituyen el antecedente de la actual Prefectura Formosa.
--Prefectura Santa Cruz. A fines del siglo XIX, la desembocadura del río Santa Cruz fue frecuentada por buques extranjeros y comerciantes que llegaron a instalarse, razones por las que el gobierno nacional, a partir de 1873, comenzó a enviar buques y algunas comisiones para asegurar la presencia y soberanía argentina, contribuir al adelanto de la colonización llevada a cabo en dicho puerto y explorar el río.
--Prefectura Río Gallegos y Prefectura Puerto Deseado. Con el propósito de prestar auxilio a todos los buques que navegaban por los mares del sur y hacer efectivas las leyes y reglamentos nacionales, por decreto del 5 de junio de 1879 se crearon las Subdelegaciones de Río Gallegos y Puerto Deseado, las que por distintas razones fueron habilitadas más tarde.
--Prefectura Ushuaia. Por iniciativa del diputado nacional Cristóbal Pereyra, quien expresó que era imprescindible establecer a la Autoridad Marítima en los estratégicos extremos australes de la República Argentina, fue autorizada la instalación de dos Subprefecturas en la Ley de Presupuesto para el año 1883; una, en la Isla de los Estados, que se habilitó el 25 de mayo de 1884 a cargo del Capitán Félix M. Paz --actualmente desactivada--, y otra, en Ushuaia, habilitada el 12 de octubre del mismo año, con la denominación de Subprefectura de Tierra del Fuego, primera autoridad nacional constituida en forma permanente en ese lejano confín, izándose desde entonces el Pabellón argentino.
Participación en hechos históricos (HAY FOTO DE CONDECORACION)
El 6 de abril de 1982, a cuatro días de la recuperación militar de las Islas Malvinas a fin de ejercer la policía de seguridad de la navegación y demás funciones específicas en aquel archipiélago, tal cual lo establecen las leyes vigentes, la Prefectura Naval inició el despliegue de personal y medios con la zarpada de los guardacostas GC82 "Islas Malvinas" y GC83 "Río Iguazú".
Ello se concretó el siguiente día 16 con el establecimiento en Puerto Argentino del oficial jefe y personal subalterno designados, como asimismo las dotaciones de aquellos guardacostas, izándose por primera vez el Pabellón nacional y el distintivo de la Institución, lo que junto al cumplimiento de la misión específica de autoridad marítima, constituyeron los hitos fundacionales de la Prefectura Islas Malvinas.
Ese accionar policial fue llevado a cabo en condiciones nada habituales, propias de la situación bélica en curso; entre otras funciones exclusivas y excluyentes de la Prefectura, mencionamos el practicaje a buques a través de zonas minadas en el acceso a Puerto Argentino, la formalización del despacho de salida de buques mercantes en pleno bombardeo a dicho puerto, el patrullaje diurno y nocturno de los guardacostas en las aguas jurisdiccionales en condiciones hidrometeorológicas adversas y con la amenaza permanente de ataques, asistencia y evacuación sanitaria, tanto de tropas argentinas como de pobladores isleños radicados en zonas alejadas.
Actividades similares realizaron los aviones Short Skyvan "PA-50" y "PA-54", y el helicóptero Puma "PA-12", con vuelos de carácter logístico y operaciones de búsqueda y rescate, y otras.
Dentro del marco estrictamente bélico, se destacan la burla del bloqueo inglés por parte de los guardacostas, la intervención en los primeros combates aeronavales de la Argentina moderna, derribándose un avión y averiando un helicóptero del enemigo, transporte de personal militar y armamento para los diferentes combates en curso, arrojando cargas de profundidad, etc.
El guardacostas "Islas Malvinas" fue el primero en entrar en combate el 1º de mayo. Aproximadamente a las 16 de ese día, cuando se encontraba en la bahía De la Enunciación, fue atacado por un helicóptero Sea King británico durante diez minutos, respondiéndose el fuego con armas policiales.
En la acción resultó gravemente herido el cabo 2º Antonio Grigolatto, destacándose también la arriesgada intervención del ayudante de 3º Marcelino Blatter, quien pese al fuego enemigo acudió a proa para cortar con una simple sierra de mano la cadena del ancla que se hallaba obstruida, recuperando con ello la maniobrabilidad del buque.
El 22 de mayo, el guardacostas "Río Iguazú" se hallaba navegando con destino a Puerto Darwin transportando personal y pertrechos militares, cuando a las 8.25 fue atacado por dos aviones Sea Harrier, repeliéndose el fuego con la ametralladora 12,7 mm a cargo del cabo 2º Julio Omar Benítez, quien perdió la vida en la acción.
Inmediatamente tomó su puesto el Cabo 2º José Raúl Ibáñez, quien logró derribar a uno de los aviones ingleses. Resultaron heridos el oficial principal Gabino O. González, el ayudante de 3º Juan José Baccaro y el cabo 2º Carlos Bengochea.
El 19 de mayo se verificó el fallecimiento del marinero Jorge Eduardo López, asignado a la dotación de la Prefectura Islas Malvinas, quien a cargo de un vehículo y pertrechos para esa dependencia se hallaba a bordo del buque "Isla de los Estados" cuando éste fue atacado y hundido mientras navegaba por el Estrecho de San Carlos.
Asimismo, otras aeronaves y guardacostas de la Institución fueron afectados al patrullaje, observación, búsqueda y rescate de pilotos caídos al mar y tareas logísticas en el Teatro Operaciones Atlántico Sur, concretadas desde bases y puertos continentales en el marco de las operaciones previstas por los respectivos comandos de área.
Benítez y López fueron promovidos -post mortem- al grado inmediato superior, y su accionar se distinguió con la medalla "La Nación Argentina al Muerto en Combate". Ibáñez recibió la más alta condecoración: "La Nación Argentina al Heroico Valor en Combate". Al personal que resultó con heridas se le confirió la medalla "La Nación Argentina al Herido en Combate", y al que actuó en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, fuera de las 12 millas de las aguas continentales, islas Fueguinas y de los Estados, y el espacio aéreo comprendido, el distintivo "Operaciones en Malvinas", en 1982; en 1985, la condecoración "Campaña de Malvinas" del Honorable Congreso de la Nación, y por parte de la Institución el distintivo "Prefectura en Malvinas", conferido en 1997.
Las banderas de la Prefectura Naval Argentina y del guardacostas "Río Iguazú" fueron condecoradas con la medalla "Honor al Valor en el Combate", siendo portada la primera por la bandera de la Prefectura Islas Malvinas, actualmente en custodia en la Secretaría General de la Institución.