Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Se conoce la tarifa oficial para el transporte de granos

La Subsecretaría de Transporte Automotor publicó ayer el informe sobre tarifas indicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados. Según el mismo, adjuntado a la disposición 37/2012 publicada ayer en el Boletín Oficial, el costo total del kilómetro es de $7,61 (sobre la base de un modelo de 4.000 km. mensuales), lo que representa un incremento del 18% respecto de los anteriores $6,45.




 BUENOS AIRES -- La Subsecretaría de Transporte Automotor publicó ayer el informe sobre tarifas indicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados.


 Según el mismo, adjuntado a la disposición 37/2012 publicada ayer en el Boletín Oficial, el costo total del kilómetro es de $7,61 (sobre la base de un modelo de 4.000 km. mensuales), lo que representa un incremento del 18% respecto de los anteriores $6,45.


 Para la determinación de la estructura de costos se utilizaron datos aportados por la Federación de Transportadores Argentinos (FETRA), Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC) y la Federación Argentina de Entidades del Autotransporte de Cargas (Fadeeac).


 A partir del costo, se calculó la tarifa teniendo en cuenta el margen de utilidad, incidencia de la vuelta y capacidad de carga, a fin de "sostener en el tiempo las posibilidades de generar las inversiones necesarias para la renovación de la flota y optimizar el sistema".


 La semana pasada se determinó una tarifa indicativa con un piso de menos 5% y un tope incremental máximo del 15% para el transporte automotor de granos.


 En tanto, en octubre de 2011 la Secretaría de Transporte, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la FETRA habían acordado implementar un Piso Básico Tarifario a ser consignado en la Carta de Porte, a través del Sistema de emisión del CTG (Código de Trazabilidad de Granos), que ahora se pondrá en vigencia.


 "No habiendo regulación, como ocurría hasta ahora, era común que el productor pagara la tarifa plena pero el camionero no la recibiera, porque la embolsaba el acopiador o el exportador", le dijo la semana pasada a este diario Aristóbulo Berdini, titular local de la FETRA.


 Según el dirigente, el "piso" básico quedará establecido en la Carta de Porte, que es el único documento que autoriza a cumplir con el traslado de mercadería.


 "Quienes intenten trabajar con precios más bajos que los fijados en la Carta de Porte podrán ser denunciados (transportistas, cámaras, acopiadores, industrias, dadores y tomadores de cargas y otros intermediarios), porque en definitiva se trata de una evasión de impuestos", señaló Berdini.