Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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Juicio por la muerte de dos jóvenes embestidos por un móvil policial

La Cámara Penal ratificó la decisión para que el trágico accidente sea analizado en un debate oral.

La Cámara de Apelación y Garantías de nuestra ciudad confirmó que se analizará en un debate oral la responsabilidad de un policía en un accidente ocurrido hace algo más de dos años en Punta Alta, donde dos jóvenes murieron cuando la moto en la que regresaban de trabajar fue embestida por un patrullero que se dirigía a una emergencia.

Los jueces de la Sala II no hicieron lugar a la presentación realizada por el defensor del efectivo José Luis Morales y ratificaron la resolución de la jueza de Garantías Nº 4, Marisa Promé, quien dispuso la elevación a juicio de la causa.

El siniestro se produjo el 19 de mayo de 2015, minutos antes de las 2, en la esquina de Rivadavia y Espora, cuando la camioneta Ford Ranger, número de orden 11.857, que estaba al mando del sargento José Luis Morales, quien era acompañado por la sargento Solange Angulo, colisionó con la motocicleta marca Motomel, en la que circulaban Matías Ezequiél Müller (21) y Katherine Rosana Ortiz (21).

Producto del impacto la chica dejó de existir poco después del choque, mientras que el joven falleció luego de permanecer una semana internado en grave estado.

Müller conducía la moto en la que llevaba a la casa a su compañera, luego que finalizaran su jornada de trabajo en una heladería céntrica.

El móvil se dirigía al edificio del Jardín Maternal “Mimitos” –-situado en 17 de Febrero y San Juan-- para constatar un llamado de emergencia por un intento de robo.

Los camaristas consideraron que la decisión de Promé “se funda correctamente een las constancias de la causa”.

“Surgen razones suficientes para sostener que Morales habría obrado al conducir el móvil policial en infracción a las normas de tránsito”, señala la decisión.

Al declarar, Morales admitió que la sirena del patrullero no funcionaba y que en su lugar tocaba la bocina al llegar a las esquinas.

Al respecto, los jueces indicaron que esto “no abastece el debido cumplimiento del deber de cuidado a su cargo”.

Señalaron que dos testigos negaron haber visto el reflejo o las luces de las balizas, “extremo que se contrapone a la versión brindada por el acusado y solo apoyada por su compañera”.

Agregaron que “sin perjuicio de ello, en dicho contexto conductivo, el imputado debió extremar su precaución al trasponer la intersección, a fin de evitar un resultado como el aquí imputado”.

Finalmente, a partir del análisis de las fotografías y pericias, los jueces sostuvieron que “es posible inferir que Morales violó aquel deber de cuidado y embistió a las víctimas cuando estas habían traspuesto ya prácticamente de modo íntegro la intersección, debido a lo cual habría cedido la alegada prioridad de paso”.