Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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Llamativo fallo por grooming

Entre las reglas de conducta impuestas a un acusado figura la prohibición de utilizar el celular o Internet.
El juez ordenó informar la inhibición a las empresas proveedoras del servicio de telefonía.

La pena de un año de prisión en suspenso y una serie de reglas de conducta, entre las cuales se destaca, por ser inusual, la prohibición de uso de telefonía celular e Internet, le impuso un juez bahiense a un hombre acusado del delito de grooming .

La víctima, una nena de 10 años, recibió mensajes de texto con contenido sexual de parte del acusado.

El fallo fue dictado por el titular del Juzgado en lo Correccional Nº 2, Gabriel Luis Rojas, y recayó en Ricardo Abel Aguirre (28).

La investigación fue llevada adelante por el fiscal Mauricio Del Cero y durante el debate se acreditó que entre el 26 y 27 de junio de 2014, el acusado le envió a la chica poco menos de 300 mensajes, al menos tres de ellos con propuestas indecentes.

Al momento de los alegatos, el defensor oficial Jorge Sayago sostuvo que el celular de Aguirre podría haber sido utilizado por otra persona sin su conocimiento.

El juez descartó esa posibilidad al analizar la declaración de la menor en Cámara Gesell, quien manifestó que el procesado le dijo, pese a su corta edad, que “la quería para él” o que “se case con él”.

Rojas sostuvo que “puede inferirse que el imputado conocía la ilicitud de su obrar, ya que hizo desaparecer su teléfono, sin que conste que ello haya ocurrido por la acción de un tercero o un hecho fortuito. Asimismo, que conocía la edad de la víctima, ya que la trató personalmente”.

También consideró que el sospechoso "estaba claramente orientado a excitar o cooptar la voluntad de la menor con ese explícito objetivo -abusarla sexualmente o violarla-, o con el de preparar el terreno para otras prácticas ineludiblemente orientadas a vulnerar la integridad sexual" de la chica.

Para ello se habría aprovechado de "la seducción ya instalada" y la "especial vulnerabilidad" de la nena.

Al momento de establecer la pena, el juez valoró la juventud de Aguirre y la ausencia de antecedentes.

Como un agravante destacó "la persistencia en su accionar, evidenciada por la profusión de mensajes enviados -281 en solo dos días-".

Al momento de establecer la sanción de un año de cárcel, resolvió que sea de ejecución condicional, aunque decidió que el hombre no podrá acercarse a menos de 200 metros de la víctima.

También deberá abstenerse durante dos años de utilizar celulares o Internet, por lo cual ordenó notificar de la inhibición a las compañías telefónicas habilitadas en nuestra región.

En caso de no respetar las pautas establecidas, Aguirre tendrá que cumplir la condena en prisión.