Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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Fallo absolutorio por una muerte que era evitable

Declararon inocente a un chofer por el deceso en 2013 de un recolector de residuos. Testigos marcaron que la forma en que se realizaba la tarea no era la adecuada.
La resolución correspondió al juez José Luis Ares.

El 4 de agosto de 2013 Carlos María Rocha cayó de la caja del camión Ford 7000 en el que recolectaba residuos en Coronel Pringles y, tres días después, falleció como consecuencia de las lesiones sufridas.

El juez en lo Correccional Nº 1, José Luis Ares, consideró que Víctor Manuel Rueda, quien conducía el rodado, no tuvo responsabilidad en lo ocurrido o, al menos, la duda existente debía beneficiarlo.

De la misma forma, el magistrado destacó que a partir de la declaración de varios testigos quedó en claro que en esa época el trabajo se realizaba de una manera que no era la adecuada y que fue corregida una vez superada la muerte del trabajador.

Para el magistrado se acreditó que el hecho se produjo alrededor de 23.30, en la intersección de las calles 41 y 18, cuando el vehículo cruzó un badén y la víctima cayó.

Rocha golpeó su cabeza contra el pavimento y padeció un traumatismo de cráneo grave, con fractura y estallido de huesos de la cabeza.

Gustavo Madrid, quien por entonces se desempeñaba como capataz de la recolección de residuos de la comuna pringlense, dijo que esa noche el vehículo circuló por el camino fijado y que al doblar se produjo la caída.

Explicó que los empleados a veces pasaban por sus viviendas “para calentar agua para tomar mate o dejar algo; a veces juntan cosas que están tiradas y las dejan en las casas (se dice 'cirujear')”.

Sostuvo que se trabajaba con un camión compactador y tres volcadores con sobrebarandas.

También refirió que “la basura se acomodaba en movimiento para ganar tiempo, pero esa tarea se tendría que hacer con el camión parado”.

Comentó que después del hecho se les exigió a los empleados que acomodaran los residuos con el rodado detenido y que tuvieran cuidado.

Cambios

Rodrigo Casado, quien viajaba en la cabina junto al imputado, manifestó “que no sabe si la víctima se descompuso o algo, porque tenía que estar agarrado de la baranda".

Agregó "que ahora se para el camión, se acomoda la basura y se sigue la marcha”.

Mencionó que al vehículo que utilizaban “los empleados de la mañana le sacaban la baranda y lo usaban para transportar tierra. Que los camiones siempre tenían problemas, si no eran los frenos eran las luces”.

Marcelo Benítez afirmó que “antes de este hecho se salía con lluvia, con los estribos así nomás; ahora cuando llueve no se sale, nada que ver con lo que era antes”.

Los dos testigos manifestaron tener buen concepto de Rueda como chofer.

El procesado declaró que el badén no lo sorprendió, porque lo pasaba todos los días, que lo cruzó despacio y que “iba consciente de que llevaba gente”.

Diego Rodríguez, quien se desempeñó como coordinador de recolección del municipio en 2014, explicó que se realizaron capacitaciones para el trabajo seguro y “cree que el hecho que se juzga tuvo que ver; se capacitaba al personal y a los choferes de los camiones sobre el manejo, uso de matafuegos, etc”.

En su resolución, Ares sostuvo que “evidentemente, la práctica impuesta por la costumbre de los recolectores, y tolerada por las autoridades municipales hasta que ocurriera el hecho, de que un empleado estuviera arriba de la caja acomodando las bolsas, mientras el camión se desplazaba por la ciudad recogiendo la basura, distaba de ser una práctica aconsejable por la inseguridad que generaba respecto a la integridad física de los agentes, por más que existiera una sobrebaranda”.

Al decidir la absolución de Rueda, el magistrado consideró que “ese temerario accionar no puede cargarse a la cuenta del imputado”, y que no se probó que haya efectuado una maniobra imprudente que aumentara el riesgo para la víctima.