Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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Veinte años de prisión por violar a su hijastra

Hechos cometidos en nuestra ciudad y en Sierra de la Ventana.
Vista obtenida en una de las jornadas del debate oral, ya que ayer el encausado no se presentó.

La justicia condenó ayer a veinte años de cárcel a un sujeto que fue hallado culpable de haber abusado sexualmente de su hijastra durante un extenso período, relación de la que nacieron tres niños.

El depravado, cuya identidad no se revela para preservar a la víctima y a sus hijos, ya había sido sentenciado a 30 años de prisión en 2013, pero el Tribunal de Casación bonaerense anuló el fallo que dictara el Tribunal en lo Criminal Nº 3 y ordenó la realización de un nuevo debate.

En la víspera, los jueces del Tribunal en lo Criminal Nº 1, doctores Hugo Adrián De Rosa, María Elena Baquedano y Claudia Cecilia Fortunatti, en ese orden de votación, consideraron al acusado autor de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo y la situación de convivencia preexistente, en concurso con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vinculo y la situación de preexistencia y corrupción de menores agravado por el vínculo y por encontrarse encargado de su educación y su guarda”.

Según los magistrados, se acreditó que el imputado abusó de la menor aprovechando las ocasiones en que la víctima se encontraba a su cuidado y desde que ésta tenía siete años.

Los hechos consistieron, en un principio, en tocamientos e intentos de acceso carnal, que se desarrollaron ininterrumpidamente y estuvieron dirigidos “a corromper o desviar el desarrollo sexual de la nombrada”, según dijeron los jueces. Y cuando la menor tenía 15 o 16 años, comenzó directamente a violarla.

De acuerdo con el fallo, la adolescente “sentía temor de decirle que no, o negarse a tener relaciones con él, para evitar que la golpeara, en razón de que frente a su negativa éste reaccionaba en forma violenta”.

Señalaron que los abusos se extendieron hasta el 31 de marzo de 2011 –-primero en una casa de Villa Nocito y luego en Sierra de la Ventana, adonde se mudó la familia--, cuando se realizó la denuncia penal.

Entre los elementos de prueba, los sentenciantes mencionaron el relato de la joven, de integrantes de su familia, de profesionales y funcionarios municipales que la asistieron en un primer momento, y de los peritos psicólogos que la entrevistaron en el marco de la causa judicial.

Estos últimos manifestaron haber advertido en la chica ciertos aspectos que habitualmente se presentan en víctimas de este tipo de sucesos.

En este sentido, la menor negó que su padrastro la haya obligado a mantener relaciones sexuales y, por el contrario, afirmó que éstas fueron consentidas.

“Entendidas así las cosas, se logra comprender la declaración de la propia víctima en la presente audiencia de debate, en cuanto manifestó, en relación a los hechos de que fuera víctima, que no resultó abusada, que los chicos los tuvo con su consentimiento, y que en caso de que no hiciera la denuncia, le iban a sacar a los chicos”, sostuvo el tribunal.

Incluso la joven señaló que en la actualidad mantiene la relación con el procesado y hace pocos meses dio a luz a otro hijo de ambos.

Los magistrados dijeron más adelante no tener dudas, “al diferenciar lo que se encontraría socialmente adecuado y lo jurídicamente reprochable, que el imputado dirigió sus actos con tal intensidad que quebrantó y direccionó la voluntad de la víctima a su antojo hasta lograr sus propios fines, haciendo además que en la actualidad la propia víctima lo tome con naturalidad”.

La condena se decidió en base a esos fundamentos, y valorando como agravante el daño psicológico provocado a la víctima.