Bahía Blanca | Martes, 16 de abril

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Bahía: condenan a un anestesista por negligencia fatal tras una operación

Héctor Leoncio Zegarra del Carpio recibió una pena en suspenso e inhabilitación por 7 años para ejercer la medicina.

   El juez en lo Correccional Nº 1, José Luis Ares, condenó a un anestesista a la pena de 2 años de prisión en suspenso -no irá a la cárcel- y a 7 años de inhablitación para ejercer la medicina, por una intervención negligente que terminó con la muerte del paciente.

   Se trata de Héctor Leoncio Zegarra del Carpio, peruano, nacionalizado argentino, de 70 años, quien fue sometido a juicio oral durante la semana pasada, por el caso que finalizó de la peor manera para Jorge Fernando Saucedo, de 41 años.

   Para el juez quedó probado que el 29 de noviembre de 2011, en el Hospital Español, en circunstancias que Saucedo era sometido a una cirugía videoendoscópica, para la extracción de un pólipo nasal, sufrió un paro cardiorespiratorio por falta de oxígeno.

   Se estableció, a través de los testimonios y otras pruebas reunidas, que al paciente se le desconectó un tubo y que el anestesista no estaba presente para el control, cuando era obligación de él hacerlo.

   Pese a reanimarlo, Saucedo quedó en estado vegetativo, fue derivado a una clínica de la Capital y finalmente falleció el 18 de febrero de 2013.

Dijo que fue al baño

   Zegarra del Carpio dijo en su defensa que en un momento debió retirarse al baño por 2 o 3 minutos y que los monitores no marcaban ningún signo de alarma y que al volver advirtió la falta de provisión de oxígeno y se iniciaron las tareas de reanimación.

   Ares se apoyó en las evaluaciones médicas que se brindaron en el juicio para establecer que la demora fue mayor a la que dijo el acusado, teniendo en cuenta el resultado irreparable del daño.

   De hecho, algunos testigos reconocieron como “habitual” que el anestesista saliera del quirófano sin avisar ni dejar reemplazante.

   En ese sentido, el juez consideró “negligente, imprudente y en violación a los reglamentos y deberes” su acción y opinó que el resultado muerte era “evitable y no imprevisible”.

   Antes de dictar sentencia, Ares marcó como agravante la vasta experiencia del profesional, que dijo tener 44 años de práctica y entre 15.000 y 20.000 anestesias, lo cual “hace que se deba esperar más de él y resulte más reprochable su conducta”.

   En consecuencia, le fijó al anestesista la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, tiempo durante el cual deberá fijar domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Liberados y también le impuso una inhabilitación especial para ejercer la medicina por el plazo de 7 años.