Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Bahía: llegó a la Corte el caso de una madre que no puede ver a su hijo de 3 años

El máximo tribunal fijó la competencia de un juzgado de Esquel, donde vive la mujer, y descartó la de un juez de nuestra ciudad, en la cual se domicilia el menor.

 

La batalla judicial que planteó una mujer que vive en Esquel y asegura no puede ver a su hijo de 3 años, que vive con su padre en Bahía Blanca, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El máximo tribunal fijó la intervención en el caso de la justicia chubutense y descartó la competencia del Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo de la doctora Marisa Promé, quien había tomado intervención en el polémico caso.

La resolución, dictada en los últimos días, es de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.

La causa fue iniciada por G.E.C. contra L.S.V., quien le impediría tomar contacto con su hijo de 3 años.

En principio, la justicia de Esquel declinó su competencia porque el menor vive con su padre en Bahía Blanca, aunque el juzgado local también lo hizo, al considerar que el impedimento se habría registrado en Chubut.

Al quedar trabada la contienda, la Corte apoyó el dictamen del procurador Eduardo Casal y resolvió que en el caso debía actuar el juzgado de Esquel, teniendo en cuenta que el chico vivía en esa ciudad cuando a la madre se la removió de su custodia, privándola del contacto y del ejercicio de sus derechos y obligaciones.

A L.S.V. se le imputa haber violado la ley 24.270, que sanciona con prisión de 6 meses a 3 años al padre de un menor de 10 años que impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.