Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Tasas: solicitan suspender el cobro retroactivo

El reclamo al Ejecutivo municipal lo efectuaron dos de los bloques que integran el arco opositor: Frente para la Victoria-Partido Justicialista y GEN-UNEN. Mauricio Oliván / molivan@lanueva.com
Pablo Pujol (bloque GEN-UNEN)

Los bloques del PJ-FPV y GEN-UNEN solicitaron al intendente municipal, Oscar Holzman, que suspenda el cobro retroactivo de las tasas, según lo establece la Ordenanza Fiscal Impositiva 2015, para aquellos contribuyentes que hayan procedido a la cancelación total de la obligación para el presente período fiscal con anterioridad a la sanción de la misma.

El pedido lo formularon mediante la presentación de un proyecto en forma conjunta,

La edil Juliana Tomassini (FPV-PJ) mencionó que la actual ordenanza fiscal fue sancionada en la Asamblea de Concejales y Mayores contribuyentes, el 15 de enero próximo pasado.

"Para esa fecha muchos contribuyentes ya habían cancelado su obligación tributaria con el municipio a través del pago anual de sus tasas, especialmente la de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Servicios Generales”, advirtió.

El concejal Pablo Pujol (GEN-UNEN) manifestó que “con una amplia reseña doctrinaria y de jurisprudencia ambos bloques justificaron la no retroactividad a los contribuyentes que cancelaron la totalidad de la tasa anual cuando estaba vigente la ordenanza de 2014, antes del citado 15 de enero”.

También solicitaron que, para aquellos casos en que se hubiera abonado el retroactivo indebido, se compute un crédito para futuras tasas. "Y para los casos en los que se haya emitido y no abonado, se deje sin efecto".

Los ediles de la oposición recordaron que, en el pasado mes de marzo, la comuna local emitió nuevas boletas conteniendo una suma que el contribuyente debía abonar y que correspondía al 15% de actualización dispuesta por la Ordenanza Fiscal Impositiva.

También manifestaron que en muchos casos los vecinos del distrito rosaleño han pagado dichas diferencias. "Otros no lo han hecho, Entendemos que su percepción resulta contraria a derecho y, por lo tanto, inexigible".

Señalaron que esto último resulta ajustado a derecho porque, si bien la citada norma tiene vigencia desde el 1 de enero de 2015, los efectos de la misma no pueden permitir el cobro retroactivo de los impuestos. "Tanto es así que con ellos se violenta un derecho constitucionalmente consagrado como lo es el de la propiedad".