NEUQUEN - Densas nubes y una fresca lluvia pintaron al día después del veredicto. Ayer, tras la conmoción del histórico miércoles 31 de enero, las sentencias fueron el tema que motivó opiniones, conjeturas, críticas y reflexiones.
Las voces siempre están centradas en el mismo enfoque que divide a quienes comparten el fallo y quienes lo rechazan pero, y sobre todo cuando se expresan los jóvenes, surge una coincidente conclusión: el final para tantos años de servicio militar obligatorio.
Caso Carrasco, mucho más allá de las penas que impuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta provincia, de la publicidad que rodeó al proceso y de las incógnitas que ahora se orientan hacia las apelaciones o nuevos imputados, abrió un largo camino.
De aquel primer capítulo en el Grupo de Artillería 161, con asiento en Zapala, tras la desaparición de Omar Octavio Carrasco y de la perseverante investigación que asumió la joven periodista Verónica Morell, corresponsal del diario Río Negro en Cutral Co, no sólo transcurrió el tiempo.
Una necesidad de cambiar ciertos rumbos detonó a partir de la tragedia de ese jovencito neuquino, para proyectarse en el mañana de miles de chicos que hoy trazan su porvenir sin tener que pasar antes por la experiencia del servicio militar.
La colimba significó en muchos casos una oportunidad de capacitación, como de hecho hay pruebas que así sucedió, porque en varias regiones hasta significó una posibilidad de luchar contra el analfabetismo. Pero, al menos con Carrasco, no fue así. Basta detenerse a evaluar los fundamentos de la sentencia para advertir que los métodos de instrucción militar que sufrió Omar Octavio Carrasco, merecían el adiós.
El abuso de autoridad, obedecer jerarquías que no responden a los valores morales, el golpear a los compañeros para no caer en la insubordinación, como bien pudo pasarle a Cristian Suárez y Víctor Salazar que hoy tienen que soportar 10 años de prisión sobre sus espaldas están puntualmente evidenciadas en la exposición judicial.
A fojas 56 vuelta del fallo, los jueces reseñan testimonios de los conscriptos.
El subteniente demostraba un inadecuado manejo de la autoridad, con desbordes permanentes y arranques de violencia colectiva contra los inferiores, a quienes sometía a conductas agresivas, llegando en algunos casos a descontroles tales que permitieron definirlo como que estaba loco.
También se consignan sus reacciones furiosas, adoptando represiones en forma directa o a través de sus subordinados.
Obsérvese que el 6 de marzo, día de la muerte de Carrasco, resolvió bailar a la tropa por faltas disciplinarias menores, a sólo tres días de su incorporación y sin ningún entrenamiento físico, en zona escarpada y con malezas, a pleno rayo del sol... luego de los ejercicios violentos y profiriendo insultos de todo calibre.
Otras veces, mandaba a avivar; o poner en caja; a los iguales entre sí, señalan los magistrados, quienes definen a semejante comportamiento, de represivo, violento y ajeno a lo que es el efectivo y legítimo ejercicio de la autoridad, aparte de las erradas enseñanzas que el mismo oficial invocó, durante sus declaraciones, haber recibido, expresan los argumentos del fallo.
Los magistrados deducen que como Carrasco no limpió el baño exterior, se desataron las iras de Canevaro, quien lo golpeó junto a los dos auxiliares de la Batería, Suárez y Salazar, tal como lo especifican los métodos por los cuales los conscriptos "viejos" recibían la orden de "avivar a los reclutas lerdos.
El subteniente Ignacio Canevaro, hoy condenado a 15 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, fue considerado un exponente de un sistema que requería un cambio. Y cambió...