Para efectuar la compra de una casa o un departamento (al contado), debe abonarse 50% a la firma del Boleto de Compraventa y el restante 50% a la posesión y escritura (45 días de gestión).
La adquisición puede realizarla un mayor de edad o un menor emancipado.
El Boleto de Compraventa incluye los siguientes puntos:
- Datos del propietario y del comprador.
- Descripción del objeto. Nomenclador catastral de la propiedad.
- Precio total y forma de pago.
- Posesión libre de todo ocupante y gravamen.
- Escritura traslativa de dominio. El comprador la abona si se hace por condición de venta; sí se efectúa de acuerdo a la ley, abona el 60% el comprador y el 40% el vendedor. Comisión: cada una de las partes deben abonar una suma equivalente al 3%, al corredor.
- Domicilios de los participantes y fecha en que se firma el Boleto.
Luego, se inicia el trámite para la escritura.
Cuestiones impositivas: el vendedor abonará el 1,5% al impuesto de venta, en la DGI, siempre que no venda el inmueble para sustituirlo por otro con el mismo fin.