Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

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Condenado por exigir dinero por un teléfono ajeno

Un sujeto con antecedentes fue condenado a 3 años de cárcel, acusado de haber hallado un teléfono celular y exigido la entrega de dinero en efectivo a su dueño a cambio de la devolución del aparato. La pena, impuesta por el Tribunal en lo Criminal Nº 2, a cargo de los jueces Alejandro Salvador Cantaro, Gabriel Luis Rojas y María Eloísa Errea de Watkins, en ese orden de votación, recayó en Iván Humberto Colihuinca Sepúlveda.

 Un sujeto con antecedentes fue condenado a 3 años de cárcel, acusado de haber hallado un teléfono celular y exigido la entrega de dinero en efectivo a su dueño a cambio de la devolución del aparato.


 La pena, impuesta por el Tribunal en lo Criminal Nº 2, a cargo de los jueces Alejandro Salvador Cantaro, Gabriel Luis Rojas y María Eloísa Errea de Watkins, en ese orden de votación, recayó en Iván Humberto Colihuinca Sepúlveda.


 Durante el juicio, el ministerio fiscal fue llevado adelante por el doctor Eduardo d`Empaire, mientras que el defensor oficial Gustavo Barbieri representó al imputado.


 En el debate quedó acreditado que el 18 de diciembre de 2005, el sospechoso quiso obligar a José Luis Murgoitía a entregar la suma de 70 pesos, para restituirle el teléfono celular Alcatel que utilizaba su hijo Mariano Gastón.


 Colihuinca Sepúlveda acordó con los damnificados reunirse cerca de la rotonda de la avenida Cabrera y Jorge Newbery, frente a unos vagones de tren, en el predio del local bailable "Pajas Bravas".


 El procesado fue detenido en ese momento por personal policial, que había sido alertado de la situación por la propia víctima.


 Al momento de declarar, Murgoitía dijo que ese día, al querer infructuosamente comunicarse con su hijo, un extraño atendió el aparato en uno de los tantos llamados que realizó al mismo.


 En dos ocasiones, el mismo interlocutor negó que ese fuera el celular del joven, aunque en un tercer llamado lo admitió y le manifestó que quería dinero para devolvérselo.


 Tras acordar el sitio donde se haría el trueque, Murgoitía alertó a la policía, puesto que aún no tenía novedades respecto del paradero de su hijo.


 Mientras estaba en la seccional actuante, el damnificado recibió la noticia de que su descendiente había regresado a su domicilio.


 De todas formas, se dirigió al sitio acordado para la entrega y se encontró con Colihuinca Sepúlveda, quien fue arrestado cuando pretendía concretar la operación.


 El imputado, a su turno, admitió haber encontrado el aparato y que en primera instancia pensó en regalárselo a su propio hijo.


 Agregó que ese día estaba muy cansado y lo único que no quería era tener que viajar para devolverlo, aunque negó haber pedido dinero a cambio de la entrega.

Consideraciones




 Al momento de resolver, el juez Cantaro no dio crédito a la versión del acusado.


 "A mi juicio resulta claro que el imputado no dice la verdad y que sí exigió dinero por la devolución del teléfono; de lo contrario, no se explica que el denunciante haya hecho todo lo que hizo. Pero, además, el descenlace de la historia es mucho más plausible según la versión del denunciante", indicó.


 En este sentido, los magistrados calificaron a los hechos como tentativa de extorsión, en los términos de los artículos 168 y 42 del Código Penal.


 "Para que exista el delito de extorsión, no es preciso que la amenaza llegue a crear una situación de necesidad inevitable. Basta que el delincuente haya realizado una amenaza relativamente vaga o de importancia relativa, ya que lo que torna ilícito y extorsivo el hecho es que con la amenaza de realizar ese acto, se persigue un beneficio al que no se tiene derecho", dijo Cantaro al momento de fundamentar su posición.


 Por otro lado, el tribunal consideró que no se hallaron circunstancias eximentes de responsabilidad, contemplando como atenuante el buen concepto informado respecto del acusado.


 En tanto, se tomó como agravante una condena anterior de Colihuinca Sepúlveda, por lo que se lo declaró reincidente.


 Finalmente, pese a ser condenado, los jueces entendieron que el sujeto deberá permanecer en libertad hasta tanto el fallo quede firme.

Purgó una importante pena




 En octubre de 1996, de acuerdo con el archivo de este diario, Iván Humberto Colihuinca fue condenado por la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional local a diez años y tres meses de prisión, por robo y privación ilegal de la libertad de dos parejas.


 En tanto, en relación con los mismo hechos, su hermano Patricio Eugenio recibió una pena de diez años y dos meses de cárcel.


 El hecho se consumó en la madrugada del 12 de julio de 1991, cuando los procesados sorprendieron a Alfredo José Ciferri, Gabriela Giménez, Roberto Fabio Guerra y Patricia Natalia Rosa, en el interior de un automóvil Renault 18, que se encontraba estacionado en el Parque de Mayo.


 Portando una navaja, los asaltantes se pusieron al mando del vehículo y trasladaron a las víctimas hasta el kilómetro 13 de la ruta 33, donde obligaron a una de las mujeres a mantener relaciones sexuales con uno de sus acompañantes y luego se apoderaron de un autoestéreo, una caja de herramientas, tarjetas de crédito, relojes y documentación personal.