Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Ex policías condenados por "armar" un sumario

La pena de dos años y medio de prisión en suspenso (no irán presos salvo que no cumplan con las reglas de conducta previstas) les impusieron a dos ex policías de nuestra ciudad, imputados de "armar" un sumario contra una pareja y exigirle la entrega de dinero a cambio de la libertad. El fallo, difundido ayer, fue dictado por el juez en lo Correccional Nº 2, doctor Gabriel Luis Rojas, y recayó en Eduardo Ariel Machado y Cintia Marcela Alvarez, a quienes se les imputaron los delitos de concusión calificada y falsedad ideológica de documento público, en concurso real.

 La pena de dos años y medio de prisión en suspenso (no irán presos salvo que no cumplan con las reglas de conducta previstas) les impusieron a dos ex policías de nuestra ciudad, imputados de "armar" un sumario contra una pareja y exigirle la entrega de dinero a cambio de la libertad.


 El fallo, difundido ayer, fue dictado por el juez en lo Correccional Nº 2, doctor Gabriel Luis Rojas, y recayó en Eduardo Ariel Machado y Cintia Marcela Alvarez, a quienes se les imputaron los delitos de concusión calificada y falsedad ideológica de documento público, en concurso real.


 Los procesados fueron inhabilitados de por vida para ejercer cargos públicos y, durante tres años, tendrán que fijar domicilio, del cual no podrán ausentarse sin previo aviso y someterse al control del Patronato de Liberados.


 El grave hecho se originó a las 23 del 8 de abril de 2005, en perjuicio de Gregorio Roberto Ramilla y Miriam Alicia Díaz, a quienes los ex agentes identificaron cuando se encontraban en un coche particular, en la avenida Alem y el Camino Parque Sesquicentenario.


 Abusando del cargo que ostentaban --según el fallo--, obligaron a los mismos a descender del coche sin indicar el motivo de la orden y empuñando un arma de fuego.


 Conducidos a la comisaría Segunda, se los amenazó con que podían quedar demorados hasta el día siguiente si no pagaban 50 pesos en efectivo para obtener la libertad y evitar que se les armara una causa.


 Al no ser aceptada la "oferta", Ramilla y Díaz permanecieron en la dependencia de Roca 557, incomunicados y sin recibir bebida ni comida, durante diez horas, sufriendo, además, burlas por parte de otros uniformados, según declararon.


 La mujer, incluso, no pudo poner al tanto de esa situación a sus hijos de 11 y 16 años --quienes quedaron solos en ese lapso--, con la agravante de que el menor se encontraba fracturado en ese momento.


 El juez Rojas consideró acreditado que, como no recibieron el dinero, los policías acusados elaboraron un acta falsa, por supuesta infracción al artículo 70 de la ley de Faltas 8031, ya que aseguraron que la pareja bajó del coche sin ropas, en supuesto acto reñido con la moral.


 La declaración de las víctimas y de oficiales superiores, quienes constataron irregularidades en las actuaciones, fueron determinantes para resolver el caso.


 "Es evidente que la propia burocracia policial, los convenientes refugios legales utilizados habitualmente para sanear largas demoras de ciudadanos en la dependencia, el conocimiento de la imposibilidad de revertir el curso del proceso hasta la intervención judicial y las coberturas funcionales que se brindan hasta inocentemente, fueron sopesadas hábilmente por los procesados y confluyeron (como se esperaba) mecánicamente para dar sostén a la exigencia y 'meter presión' a los detenidos", explicó el magistrado en la resolución.


 
Sabían lo que hacían



 Entendió Rojas que Machado y Alvarez "no actuaron bajo desconocimiento legal" y que "no por habituales, tales procedimientos (demora de varias horas en averiguación de antecedentes) deben ser tolerados ni justificados".


 Sostuvo que por el horario en que se registró el operativo y las características del lugar --inaccesible para la comunidad--, no se puede aceptar que los denunciantes se encontraban efectuando ninguna exhibición de corte obsceno que ameritara la intervención de la fuerza.


 "Bajo la habitualidad de tales prácticas se esconde el germen o el pasaporte capaz de dar cobertura a verdaderas y dolosas corruptelas, precisamente durante las horas en que los preventores y funcionarios de guardia son los exclusivos amos y señores materiales de la libertad de las personas", opinó el juez.


 Antes de dictar sentencia, mencionó como atenuantes, en favor de los policías, la falta de antecedentes de ambos y, a modo de agravante, la condición de funcionarios públicos, lo cual denota una mayor peligrosidad.


 En consecuencia, Machado y Alvarez recibieron una pena de dos años y seis meses de cárcel --la misma que había reclamado el fiscal Gustavo Zorzano, en contraposición al pedido absolutorio de los abogados Francisco y María Laura Bentivegna--, que será de ejecución condicional.

La siguieron. Un día después del operativo, "llamativamente", a criterio del juez, los mismos policías acusados --que no correspondían a la misma jurisdicción-- arrestaron a un hijo de Díaz, imputándole un delito contra la propiedad cuya ejecución, al parecer, no pudo probarse con el correr de los días.