Lo que hay que saber del toples polémico: la ilegalidad, la policía y las playas de la zona
El caso de las mujeres que hacían toples en Necochea despertó la polémica:
¿Se puede hacer eso en las playas y balnearios de nuestro país?
¿Existe un vacío legal al respecto? ¿Qué tiene que hacer el personal de seguridad?
Hoy, la legislación vigente al respecto son:
* el artículo 129 del Código Penal, cuya última modificación fue llevada a cabo en mayo de 1999;
* y el decreto ley 8.031/73, en su artículo 70.
En ambos casos se habla ir en contra de buenas costumbres, de atentar a la moral y, básicamente, considera esta práctica como una falta, contravención o infracción en lugares públicos o de acceso libre.
Es decir, salvo en ámbitos privados, la legislación argentina no permite el toples.
El primero de estos artículos fija multas de 1.000 a 15.000 pesos a quien ejecutare o hiciera ejecutar actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros.
Si la exhibición es ante menores, las penas pueden ir de 6 meses a 4 años de cárcel.
En el caso del decreto ley, las multas se deducen de porcentajes del sueldo de personal policial. Es para quienes “con acto, palabra, dibujo o inscripción torpe u obscena ofendiera la decencia pública”.
En este caso, la pena se duplica si fuese en lugares públicos o hubiese niños en el lugar.
¿En la zona?
En los balnearios de la zona no hubo muchos casos conocidos, pero referentes de seguridad y de turismo reconocen que esta situación seguramente creará una inquietud general respecto de la posibilidad de hacer toples.
Por eso seguramente se comenzará a discutir la posibilidad de crear zonas y playas en las cuales se permita.
“No hay un protocolo para actuar —confió un secretario de Seguridad a La Nueva.—. En realidad, lo ideal sería delimitar un sector de playa donde se pudiera hacer esto, sin que otros se sintieran ofendidos”.
¿Cómo acciona la policía?
De acuerdo a lo señalado desde algunas comisarías, en un primer momento se llama la atención de la mujer que está haciendo toples y se le pide que se cubra.
“Si esto no ocurre, la persona está incurriendo en una contravención, por lo cual el personal policial debe retirarla del lugar y llevarla al puesto policial”, se indicó.
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