Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

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La liberación para los que pagan llega antes

Un asalariado formal terminará antes de pagar todos sus impuestos en 2017, pero sólo los que más ganan.
¡Libre al fin! Los contribuyentes se independizarán antes del fisco, pero no será para todos igual.

Desde el primer día de este año hasta el pasado 21 de junio un asalariado formal tuvo que destinar todos sus ingresos a pagar los impuestos nacionales, provinciales y municipales, por lo cual, recién un día después pudo empezar a trabajar para él, "liberándose" del fisco. Si se considera un trabajador protegido con mayor sueldo, deberá esperar un poco más, ya que el 24 del mes que viene podrá conseguir su "independencia tributaria", de acuerdo con el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf).

Así, según el Iaraf, un asalariado del sector formal en nuestro país debería trabajar entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de Gobierno. En consecuencia, el Día de la Independencia Tributaria se alcanzaría entre el 21 de junio y el 24 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos.

Lo descrito por la entidad es, lisa y llanamente, una forma gráfica y didáctica de representar la cantidad de días que un asalariado tiene que destinar para cumplir con sus obligaciones fiscales, estimando la carga fiscal que le toca soportar.

“El cálculo se realiza a los meros fines expositivos, puesto que el análisis no contempla la carga fiscal neta, es decir la manera en la que el Estado luego aplica a través del gasto los fondos obtenidos mediante la recaudación de impuestos”, aclaran desde el Instituto con sede en Córdoba capital.

En comparación con respecto al año anterior, en 2017 y por segundo año consecutivo, se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos de ingresos más elevados, es decir, hay una merma en la carga tributaria.

En términos de este análisis, lo anterior equivale a decir que el asalariado en cuestión tuvo que trabajar hasta 28 días menos para el fisco con relación a los verificados en el máximo nivel del 2015, ya que el asalariado del segundo nivel de ingresos ($ 75.145) se declaró libre el 12 de agosto de hace dos años atrás frente al 15 de julio de la actualidad.

Esta reducción obedece a la actualización de los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del impuesto a las Ganancias, que afecta a empleados en relación de dependencia, y los correspondientes a Bienes Personales.

"Para el estrato inferior, que no afronta este tributo ni tampoco el de Bienes Personales, la carga tributaria ha permanecido prácticamente sin cambios en los últimos años, con lo cual se ha achicado la brecha entre la carga tributaria de los mayores y menores niveles de ingresos", destacan desde la entidad que encabeza Nadín Argañaraz.

En porcentajes

El peso de los tributos sobre los ingresos de los contribuyentes también pueden expresarse en porcentaje.

Así las cosas, se aprecia que la carga tributaria formal integral durante el 2017 se ubicaría entre el 47,5% y el 56,6% del ingreso total (incluyendo contribuciones patronales) de una familia, dependiendo de los tramos de ingresos considerados.

El primer caso, para el cual la carga asciende a un 47,5%, corresponde a quienes hoy no pagan impuesto a las Ganancias, mientras que en los tres casos restantes, que sí tributan este impuesto, su incidencia evidentemente es más elevada a mayor tramo de ingreso considerado.

Sin embargo, tomando los casos de ingresos más bajos, se observa que desde 2011 casi no han variado sus niveles de carga impositiva, ya que hace exactamente seis años atrás, la misma era del 46,5% frente al 47,5% actual, al tiempo que el año pasado, la misma era idéntica a la de 2017.

Una situación muy distinta se evidencia entre los contribuyentes con ingresos más elevados, quienes si tributan Bienes Personales y Ganancias, beneficiados por la reciente actualización de ambos tributos.

Es que mientras en 2015 -año de cargas tributarias récord- lo que debían afrontar los estratos de ingresos más elevados era del 61,6% de los mismos, en la actualidad, asciende al 56,6%, previa reducción, en 2016, al 57,9%, siempre de acuerdo con los datos del Iaraf.

Metodología

Para la elaboración del ejercicio, se consideran cuatro casos de ingresos hipotéticos, para una familia compuesta por matrimonio y dos hijos y cuyos ingresos son generados por un solo miembro que se desempeña como trabajador asalariado en el sector formal de la economía.

Los tramos de ingresos (brutos) considerados son: $ 23.740, $ 51.441, $ 75.145 y $ 107.988.

Se aplica el concepto de presión tributaria formal, que surge de analizar la normativa tributaria y considerar las principales características tributarias legales de los impuestos más representativos en nuestro país en los tres niveles de gobierno, y cuantificar lo que debería pagar un contribuyente tipo.

Es importante aclarar que se trata de un estudio de carga tributaria bruta, en el sentido que se estima el monto que las familias destinan al Estado en concepto de impuestos, pero no se considera la manera en que luego el Estado vuelca a la sociedad estos recursos, lo que implicaría un estudio de carga tributaria neta.