Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Elevaron a juicio la causa contra la exconcejala Gabriela Bustos Arnst

Está acusada de supuestas irregularidades en el uso de pasajes de larga distancia del Hospital Penna.
Gabriela Bustos Arnst.

La exconcejala Gabriela Bustos Arnst, acusada de supuestas irregularidades en el uso de pasajes de larga distancia del Hospital Penna, destinados a personas carenciadas, tendrá que responder por el delito en juicio, ya que la Cámara Penal rechazó un pedido de sobreseimiento a su favor y confirmó el cierre de la investigación.

A la exedil del Frente para la Victoria le imputan los delitos de falsificación de documento público, uso de documento público adulterado y fraude a la administración pública.

La resolución fue adoptada por los camaristas Guillermo Giambelluca y Pablo Soumoulou, quienes de esa manera confirmaron el fallo de la jueza de Garantías Nº 1, Gilda Stemphelet.

Los hechos se registraron entre enero y diciembre de 2011, cuando Bustos cumplía funciones para el hospital. De hecho, el director del sanatorio, doctor César Comezaña, fue quien hizo la denuncia, tras reunir prueba testimonial y pericial.

Comezaña descubrió el faltante de varios originales de los viajes gratuitos a Buenos Aires facilitados por el Ministerio de Salud al Penna -desaparecieron de la oficina administrativa de la Dirección del nosocomio y figuraba su firma falsificada- y se estableció que los pasajes, a Buenos Aires, los habría empleado Bustos, a través de coches-cama de la empresa Plaza.

El defensor, Gustavo Giorgiani, entendía que se había vulnerado el derecho de defensa de la procesada y cuestionaba algunas pericias realizadas, como la caligráfica, aunque la Cámara rechazó el argumento.

“No advierto que se haya violentado el derecho de defensa y debido proceso, desde que se le han notificado a la defensa, con suficiente antelación, todas las medidas probatorias ordenadas”, afirmaron los camaristas.

“Existen, a esta altura del proceso al menos, elementos de convicción suficientes para considerar acreditada la materialidad ilícita y la autoría de la encausada, con el grado de probabilidad requerido para elevar la causa a juicio”, ampliaron.