Bahía Blanca | Miércoles, 24 de abril

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La Cámara Federal rechazó el pedido de detención de Massot

Los jueces Pablo Candisano Mera y Ricardo Emilio Planes confirmaron lo decidido en primera instancia y desestimaron una nueva solicitud de prisión contra el director de "La Nueva." formulada por los fiscales ad hoc.
La Cámara Federal rechazó el pedido de detención de Massot. La ciudad. La Nueva. Bahía Blanca

Un día antes de su indagatoria, la Cámara Federal de Apelaciones de nuestra ciudad confirmó ayer lo dispuesto en primera instancia por el juez Alvaro Coleffi y rechazó la posibilidad de detener a Vicente Gonzalo María Massot, director del diario "La Nueva.".

De esa manera, los camaristas Pablo Candisano Mera y Ricardo Emilio Planes dejaron sin efecto el pedido de los fiscales ad hoc José Nebbia y Miguel Palazzani.

Hoy Massot tendrá que presentarse en la sede judicial de Alsina 317 para ser indagado por el doctor Coleffi, en el marco de la causa denominada “Massot, Vicente Gonzalo María, por privación ilegal de la libertad agravada, en concurso real con privación ilegal de la libertad agravada, en concurso real con tortura y otros”.

Los fiscales ad-hoc pretendían que el imputado llegara en calidad de detenido al acto procesal, tras sostener que son “altísimas” las posibilidades de fuga y de evadir las eventuales consecuencias.

Entendían que el juez de primera instancia no había valorado el acto de indagatoria como “circunstancia fundamental”, ya que su rechazo al pedido de detención se había dado antes de fijar la audiencia.

Además, remarcaron que se está en presencia “de los delitos más graves que contempla el ordenamiento penal, lo que compromete la responsabilidad del Estado Argentino” y equipararon su caso con el del excapellán del Ejército Aldo Omar Vara.

La defensa

Rubén Diskin, defensor particular de Massot, opinó que hay dos reconocimientos “descarnados” entre los argumentos planteados por los fiscales ad hoc.

Por un lado, las valoraciones acerca de la persona del imputado.

Por el otro, la ausencia de elementos objetivos que hagan presumir la existencia de riesgos procesales.

“Nada modifica”.

Los jueces de la Cámara Federal rechazaron de plano el planteo porque “en nada modifica” la circunstancia de que hoy se concrete la indagatoria de Massot.

En ese sentido, resaltaron que el procesado ya había declarado el 18 de marzo (artículo 279 del Código Procesal Penal de la Nación), oportunidad en la cual brindó explicaciones del caso y aportó prueba para su descargo. "Tanto la declaración indagatoria como la del artículo 279 del CPPN son el acto formal de defensa material del imputado, que asegura su derecho de defensa en la causa; y si esta última declaración hubiese sido receptada bajo las reglas formales de la indagatoria, valdría como tal a cualquier efecto", dijeron.

“No obstante, el llamado a indagatoria no significa necesariamente en el a quo la obligación de tener que resolver en sentido afirmativo acerca del pedido de detención, sino cuando, por razones absolutamente indispensables para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley, el magistrado considere oportuno el dictado de una medida restrictiva de la libertad”, afirmaron.