Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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Final para dos años y medio sin estadísticas oficiales de pobreza

Por decisión del gobierno kirchnerista, en abril de 2014 se discontinuó la elaboración del indicador de pobreza e indigencia. La historia detrás de una decisión polémica.
Fotos Archivo La Nueva.

   El 23 de abril de 2014, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) resolvió discontinuar la elaboración y difusión del indicador de pobreza e indigencia, aduciendo "severas carencias metodológicas".

   Ese día, según indicaba el calendario de publicaciones del organismo, correspondía dar a conocer los datos del segundo semestre de 2013, luego de que seis meses antes se informara que en el primer semestre de ese año la pobreza había caído al 4,7 %.

   La veracidad de la información del Indec ya estaba seriamente cuestionada desde enero de 2007, cuando comenzó a alterarse la elaboración del índice de precios al consumidor (IPC) que, además de marcar la inflación oficial, constituía uno de los principales insumos de otras estadísticas, entre ellas las canastas básicas alimentaria y total, de cuyos datos surgen, precisamente, los índices de indigencia y pobreza.

   Y al igual que con la inflación, también con la pobreza comenzaron a hacerse populares la difusión de índices alternativos.

   El Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina (UCA), informaba que en el cuarto trimestre de 2013 la pobreza alcanzaba al 27,5 por ciento de la población, en tanto desde la CGT moyanista se aseguraba que en segundo semestre había trepado al 30,1 por ciento.

   Desde el Gobierno, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, salió a descalificarlos: "es un absurdo pensar en los índices de pobreza que se publican desde la Universidad Católica Argentina (UCA), el instituto que preside Claudio Lozano y los que plantea Graciela Bevacqua", sentenció.

   El secretario presidencial Oscar Parrilli fue más allá, inauguró un justificativo para no publicar un índice y aseguró que la pobreza "no es una estadística o un número".

   No obstante, hubo que esperar un año para que el ministro de Economía, Axel Kicillof, abordara el asunto. "Cuántos pobres hay es una pregunta bastante complicada. Yo no tengo el número de pobres, me parece que es una medida bastante estigmatizante", dijo el 26 de marzo de 2015.

   Diez días después, Norberto Itzcovich, director del INDEC, organismo encargado de elaborar y difundir el índice, sorprendió a todos al decir que "no resulta fácil definir qué es la pobreza".

   El 8 de junio de ese mismo año, la presidenta Cristina Fernández aseguró en una reunión de la FAO que la pobreza en la Argentina "está por debajo del 5 por ciento y la indigencia en 1,27 por ciento", a pesar de que no se contaban con estadísticas oficiales desde hacía casi dos años.

   Su jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, no solo avaló los dichos de la primera mandataria sino que fue más allá al decir que el porcentaje de pobres en la Argentina era menor que los que había en Alemania.

 

   La normalización del INDEC iniciada en diciembre de 2015 debió enfrentarse con varios obstáculos, entre ellos el desplazamiento de personal técnico idóneo y la falta de los datos necesarios para recomponer las series estadísticas.

   La reanudación de la elaboración y difusión de los índices de pobreza e indigencia es imprescindible para que un Gobierno y una sociedad cuenten con información confiable y fidedigna, pero no podrá evitar un problema insoluble: un agujero negro estadístico de dos años y medio que nunca se podrá reparar.

   Para los responsables de esa estafa, solo resta que la Justicia haga cumplir lo establecido en el artículo 17 de la ley 17.622:

   "Los funcionarios o empleados que revelen a terceros o utilicen en provecho propio cualquier información individual de carácter estadístico o censal, de la cual tengan conocimiento por sus funciones, o que incurran dolosamente en tergiversación, omisión o adulteración de datos de los censos o estadísticas, serán pasibles de exoneración y sufrirán además las sanciones que correspondan conforme con lo previsto por el Código Penal (Libro II, Título V, Capítulo III)". (Marcelo Bátiz / DyN)