Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

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Los jubilados pueden chequear por internet si les corresponde un reajuste de haberes

Se ofrecen 2 bonos en dólares a quienes ingresen al blanqueo de capitales.
Foto: Archivo-La Nueva.

   La Anses activó este mediodía un sistema en línea para que los jubilados y pensionados puedan saber si les corresponde el pago de las retroactividades y reajuste de haberes en el marco del programa de Reparación Histórica.

   Esto se da luego de que se reglamentara la ley de pago de deudas a jubilados que tienen juicios con el Estado.

   Para esto, los interesados como sus abogados pueden chequear en el sitio si están incluidos, luego de completar los datos y adquirir la clave de Seguridad Social.

   En caso de no tener una computadora o acceso a internet, pueden acercarse personalmente a las sedes de avenida Colón 279 o Brown 180.

Los pasos para beneficiarios

   - Tener acreditados sus datos en las dependencias de la Anses (la mayoría ya los tiene acreditados);

   - registrar su huella dactilar en el banco donde perciben sus haberes o en Anses (los únicos bancos que aún no registran huellas son Nación y Provincia, por lo que deben acercarse a una dependencia de Anses).

   - y tener creada y habilitada la Clave de la Seguridad Social, que es la que permite ingresar al micrositio para inscribirse. 

Dos bonos a quienes ingresen al blanqueo

   El Régimen de Sinceramiento Fiscal establece que se ofrecerán dos bonos en dólares a quienes ingresen al blanqueo de capitales.

   La reglamentación menciona a los dos bonos que fueron diseñados para las personas que ingresen al blanqueo, uno de los cuales será en dólares a 3 años, intransferible y con 0 % de interés.

   El otro título será en dólares a 7 años, intransferible y no negociable durante sus primeros 4 años, con un 1 % de interés.

   Entre otras disposiciones, el blanqueo permitirá que las personas que estén en juicio por poseer bienes o activos no declarados puedan sincerarlos.

   El artículo 13 de la reglamentación se refiere a aquellos que tengan "obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial en los ámbitos penal tributario, penal cambiario y aduanero".

   Luego, el artículo 14 indica que el beneficio de poder acceder al blanqueo solamente se otorgará si la parte interesada lo hace "mediante la presentación ante el juzgado interviniente de la documentación que acredite el acogimiento al Régimen de Sinceramiento Fiscal".

   La norma extiende la fecha límite de preexistencia de los activos no declarados. Primeramente, el artículo 39 de la ley 27.260 sancionada por el Parlamento había establecido que podrían acceder al beneficio "las tenencias de moneda y bienes que figuren como pertenecientes a las sociedades, fideicomisos, fundaciones, asociaciones o cualquier otro ente constituido en el exterior cuya titularidad o beneficio les correspondiere al 31 de diciembre de 2015, inclusive".

   Ahora, el artículo 3 de la reglamentación publicada hoy amplía el plazo hasta el 22 de julio de este año, fecha en que fue sancionada la ley.

   La reglamentación advierte que una vez que sea efectuada la exteriorización de bienes y activos "deberán a todos los efectos fiscales, formar parte de las posteriores declaraciones juradas impositivas a nombre del declarante". (La Nueva., Clarin.com y Télam)