Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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La Corte y el derecho a la información pública

La presentación fue hecha, a través de un amparo, por la diputada y candidata presidencial Margarita Stolbizer contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La Corte Suprema reiteró ayer, por unanimidad, que el Estado Nacional se encuentra obligado a garantizar el acceso a la información pública, en el marco de un recurso de amparo que pedía informes sobre un programa del Ministerio de Justicia.

La presentación fue hecha, a través de un amparo, por la diputada y candidata presidencial Margarita Stolbizer contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en procura de información sobre el Programa de Desarrollo Territorial de Políticas Públicas.

Puntualmente, Stolbizer pretendía que la cartera que conduce Julio Alak "detallara cuál era la competencia y el presupuesto asignado" a ese programa, "quién era su coordinador así como el personal que se desempeñaba en él".

También había requerido datos sobre los sueldos que se abonaban y la dependencia donde funcionaba el programa.

Tanto el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, cuanto la Sala III de la Cámara de ese fuero hicieron lugar a lo solicitado, por entender que Stolbizer tenía interés suficiente a los fines de acceder a la información y que los datos requeridos no comprometían el derecho a la intimidad de terceros ni se encontraban incluidos en las excepciones previstas por el ordenamiento para denegar el pedido.

Pero el Estado se negó a cumplir la sentencia y, por ello, Stolbizer recurrió al máximo tribunal del país.