Basándose en las reglas contenidas en el estatuto de la cooperativa más antigua del mundo, creada en 1844 en
Rochdale (Inglaterra) y cuyo edificio original --hoy convertido en museo-- ilustra esta nota, la Alianza Cooperativa
Internacional aprobó en su Congreso de París en 1937 los denominados Principios Cooperativos, una formulación a la que
tres décadas más tarde, en el Congreso de Viena (1966), se le introdujeron algunas adecuaciones.
Finalmente, en ocasión del Congreso del Centenario de la Alianza, que tuvo lugar en la ciudad inglesa de Manchester,
fue aprobada el 23 de septiembre de 1995 la siguiente "Declaración de Identidad Cooperativa", una suerte de síntesis
doctrinaria que guía el accionar de las cooperativas.
Definición
Una cooperativa es una asociación autónoma de personas voluntariamente unidas para satisfacer sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes mediante una empresa de propiedad conjunta y gestión democrática.
Valores
Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua autoayuda, autoresponsabilidad, democracia, igualdad,
equidad y solidaridad. En la tradición de sus fundadores, los asociados de las cooperativas creen en los valores éticos
de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás.
Principios
Los principios cooperativos son líneas directrices mediante las cuales a las cooperativas ponen en práctica sus
valores.
1. Adhesión voluntaria y abierta: Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas
capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser asociado, sin discriminación de
género, social, racial, política o religiosa.
2. Control democrático de los asociados: Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus
asociados, quienes participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y
mujeres elegidos como representantes son responsables ante los asociados. En las cooperativas primarias, los asociados
tienen iguales derechos de voto (un asociado, un voto) y las cooperativas de otros niveles también se organizan de
manera democrática.
3. Participación económica de los asociados: Los asociados contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y
lo controlan democráticamente. Por lo menos una parte de ese capital es generalmente propiedad común de la cooperativa.
Los asociados reciben habitualmente una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital que han suscripto
como condición para serlo. Los asociados asignan los excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos:
desarrollar la cooperativa, posiblemente mediante la creación de reservas, de las cuales al menos una parte será
indivisible; beneficiar a los asociados en proporción a sus operaciones con la cooperativa; y apoyar otras actividades
aprobadas por los asociados.
4. Autonomía e independencia: Las cooperativas son organizaciones autónomas de autoayuda controladas por sus asociados.
Si entran en acuerdos con otras organizaciones, incluyendo gobiernos, u obtienen capital de fuentes externas, lo hacen
en términos que aseguren el control democrático por parte de sus asociados y mantengan su autonomía cooperativa.
5. Educación, capacitación e información: Las cooperativas brindan educación y capacitación a sus asociados, dirigentes
electos, gerentes y empleados, para que ellos puedan contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Ellas
informan al público en general --particularmente a jóvenes y formadores de opinión-- acerca de la naturaleza y los
beneficios del cooperativismo.
6. Cooperación entre cooperativas: Las cooperativas sirven a sus asociados más eficazmente y fortalecen el movimiento
cooperativo trabajando juntas a través de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
7. Preocupación por la comunidad: Las cooperativas trabajan para el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante
políticas aprobadas por sus asociados.