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¿AMISTAD INTIMA?
La Cámara Federal rechazó la recusación de los fiscales

Fue denegado el recurso de los doctores Omar Cañón y Antonio Castaño por considerar que no está probada, como se declara públicamente, la cercana relación del juez Alcindo Alvarez Canale con Julián Corres.

     Por "no haberse ofrecido prueba en la incidencia", la Cámara Federal de Apelaciones resolvió rechazar la recusación planteada por los fiscales Hugo Omar Cañón y Antonio Castaño, quienes habían solicitado el apartamiento del juez Alcindo Alvarez Canale de la causa en la que se investiga la fuga del ex militar Julián Oscar Corres por considerar que existe, entre ambos, una amistad íntima.
     "Que no habiéndose ofrecido prueba en la incidencia, corresponde resolver la recusación sin más trámite", comenzó diciendo el pronunciamiento de los jueces Angel Alberto Argañaraz, Augusto Enrique Fernández y Ricardo Emilio Planes.
     El escrito, firmado a las 20.35 del viernes, dejó en claro "no hacer lugar a la recusación formulada por el ministerio público fiscal en los términos del artículo 55 inciso 11 del Código Procesal Penal Nacional".
     Como se informó ampliamente en la anterior edición, el mismo planteo había sido rechazado en primera instancia por el propio Alvarez Canale, al resolver seguir al frente de la investigación del hecho.
     En ese marco, el titular del Juzgado Federal Nº 1 indagó al ex jefe de la delegación local de la Policía Federal, comisario Gustavo Ariel Scelsi, quien, según versiones no confirmadas, habría aportado una hipótesis de la fuga del ex militar.
     No fue posible, tampoco ayer, conocer detalles de los dichos del policía detenido, ya que resultaron infructuosos todos los llamados efectuados a los teléfonos fijos del tribunal interviniente.
     El magistrado, a instancias del requerimiento fiscal, concedió la excarcelación bajo caución juratoria del oficial inspector Juan Carlos Lastra, beneficio que días atrás obtuvo el suboficial Pablo Carbajal, ambos de guardia el día en que Corres huyó por la puerta principal de la dependencia sita en Rondeau 139.
     Scelsi y el ex subjefe de la delegación de la Federal, subcomisario Marcelo Alejandro Voros, fueron arrestados el miércoles y, hasta ayer, permanecían alojados en la cárcel local.

Fiscal molesto.
     Como se informó en la anterior edición, visiblemente molesto por la decisión del juez Alvarez Canale de no apartarse de la causa se mostró el fiscal general federal Hugo Omar Cañón, quien consideró que el magistrado comprometió líneas investigativas tendientes a la localización de Corres, procesado por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno militar.
     Poco después de tomar conocimiento de la resolución del magistrado, tanto Cañón como el fiscal de primera instancia Antonio Castaño, decidieron no participar en las indagatorias de los ex jefes de la Policía Federal en Bahía Blanca.
     "No estuvimos presentes porque no queremos convalidar una irregularidad manifiesta, como es la que un juez que tiene amistad con el imputado (por Scelsi), le reciba declaración", dijo.
     Agregó que desde la asunción de Alvarez Canale en la investigación, se produjo una suerte de puesta en evidencia de líneas investigativas.
     "Las mismas estaban siendo realizadas con mucha precaución por parte del juez (Eduardo) Tentoni, como de los fiscales y la Policía de Seguridad Aeronáutica, que tiene varias líneas investigativas abiertas", señaló.
     "Vino él (por Alvarez Canale) y automáticamente dio transparencia a esas líneas, alertando a las personas que estaban siendo observadas", destacó.

Grisado

Textual. "Resulta del escrito de recusación... que el motivo de oposición del artículo 55 inciso 11 del Código Procesal Penal (amistad íntima), no tiene otro sostén que la sola afirmación del ministerio público fiscal, sin haber ofrecido prueba alguna. Toda vez que la causal no ha sido aceptada por el juez federal, procede rechazar la recusación por la hipótesis aducida, por cuando no se ha demostrado el aserto por quien tiene la carga de hacerlo. En efecto, la expresión de que es 'públicamente conocida' la amistad íntima denunciada por el fiscal, corre por cuenta del mismo; tratándose de una apreciación subjetiva que no es un hecho notorio", indicaron los camaristas federales, según el escrito al que tuvo acceso este diario.

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