Bahía Blanca | Martes, 19 de marzo

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Formalizan la suspensión por 180 días del impuesto a las ganancias financieras de los no residentes

"Diversos participantes del mercado local e internacional han manifestado su dificultad para dar cumplimiento" al pago del gravamen.
Foto: Archivo

   La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la suspensión por 180 días del impuesto a las ganancias financieras de los no residentes, mediante la publicación de la resolución 4095-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el Boletín Oficial.

   En los considerandos de la resolución se indica que "diversos participantes del mercado local e internacional han manifestado su dificultad para dar cumplimiento" al pago del gravamen.

   La AFIP consideró que eso se debe al "volumen diario de transacciones electrónicas que se realizan y, consecuentemente, la necesidad de adecuar sus procesos y sistemas informáticos".

   En virtud de ello, la Comisión Nacional de Valores receptó las inquietudes y solicitó la suspensión por 180 días de la ra resolución general N° 4.094-E del organismo recaudador.

   La norma había establecido el martes pasado el procedimiento aplicable a los fines de la determinación e ingreso de la retención del impuesto a las ganancias respecto de las operaciones de “compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, así como del ingreso del impuesto, cuando el enajenante y el adquirente sean sujetos residentes en el exterior”.

   La AFIP consideró ahora que "siendo un objetivo permanente de este organismo el facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se estima conveniente extender el plazo de entrada en vigencia de la resolución general", que determinó la creación del impuesto. (Télam)